Se habilitó el servicio en todas las notarías a partir del 27 de Abril

Se habilitó el servicio en todas las notarías a partir del 27 de Abril

 

A partir de este lunes, 27 de abril, todas las notarías del país estarán prestando sus servicios de lunes a viernes, así lo dispuso la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) por medio de la Resolución 03525 de 2020. La entidad eliminó el cronograma de turnos con el que las notarías estaban atendiendo ciertos días de la semana.

 

Sin embargo, el horario sigue siendo el mismo: 8:00 a.m. a 1:00 p.m. para aquellas que se encuentren en clima cálido y templado y 10:00 a.m. a 3:00 p.m. para las ubicadas en clima frío. También se habilitó la prestación del servicio los días sábados, para este caso las notarías continuarán con el cronograma de turnos que se fijó a inicio de año en la Resolución 617 de 2020.

 

Respecto del servicio notarial en el aeropuerto internacional El Dorado, este se presta a través de las notarías 79 y 80. El horario será de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. para la notaría 80 y de 1:00 p.m. a 6:00 p.m. para la 79.

 

Los notarios deberán continuar acatando las medidas de bioseguridad establecidas por la SNR a través de la Instrucción Administrativa 04 de 2020. Algunas de ellas, por ejemplo, determinan que al interior de cada notaría podrá haber un número máximo de (5)cinco personas realizando los trámites, los demás usuarios deberán esperar por fuera a que quienes se encuentren dentro finalicen. Los notarios mayores de 60 años podrán prestar el servicio a través de un delgado. Las instalaciones deberán estar en adecuadas condiciones de higiene y limpieza, procurando el flujo de ventilación constante.

 

 Servicio a domicilio

 

 La Supernotariado le permite a estos despachos la prestación del servicio a domicilio, en especial a personas en situación de vulnerabilidad y sujetos de especial protección constitucional. No obstante, se mantiene la suspensión del mismo en clínicas, hospitales y en establecimientos penitenciarios y carcelarios.

 

Fuente: www.supernotariado.gov.co